martes, 1 de agosto de 2023

DELITO Y CASTIGO EN ESPAÑA (2023) de Juan Granados

 

Juan Granados, Delito y castigo en España. Del talión a nuestros días, Arzalia Ediciones, Madrid, 2023

Según puede leerse en la contraportada del libro que aquí y ahora llama nuestro interés y nuestra atención, la primera relevancia que cabría destacar en el mismo reside en el hecho de haber llenado un hueco notable en el asunto examinado y que hasta el momento presente quedaba por cubrir: «Los numerosos estudios sobre la historia de los delitos y las penas en la España contemporánea, han pasado de largo sobre estos fenómenos en períodos anteriores, cuando aún no se había instaurado la codificación formal.» Ciertamente, el ensayo de Juan Granados enmienda esta carencia o grieta, y de manera más que sobresaliente. Aun así, y sin desmerecer dicha aportación —cual obra de compostura de piezas, de ampliación de espacios y aun de reparación de daños—, a mi juicio el alcance y la importancia del presente libro va mucho más allá, lo cual, bien es verdad, ha encontrado la ocasión de hacerse patente en el momento en que el autor acomete la tarea de ofrecer un retrato lo más completo posible del tema tratado.

Dicho de otro modo. Al ampliar la perspectiva histórica y el arco de la investigación, tenemos como resultado bastante más sustancia que un exclusivo estudio del delito y el castigo en España desde los orígenes hasta la actualidad (Del talión a nuestros días, según reza el subtítulo del volumen). Ocurre que Juan Granados ha compuesto, de manera sintética y concisa (de provecho tanto para lectores legos como versados), nada más y nada menos que una breve, a la vez que soberbia, historia del Derecho en España. Una destreza y una competencia éstas suficientemente demostradas ya en trabajos precedentes, en los que es posible comprobar cómo hacer simple lo complejo, breve lo espacioso, ajustado lo anchuroso. Ya se sabe: cuando menos es más; lo bueno si breve… Y ahí están como ejemplos concretos sus aportaciones a la historia de los Borbones, de Napoleón Bonaparte y del liberalismo, sin olvidar el muy valioso ensayo La guerra de John Moore (2016), en cuyas manos adquiere la categoría de un esencial episodio nacional, que dice mucho sobre el ser y el parecer/padecer, las afinidades afectivas y los alianzas efectivas en la escena internacional, de los españoles.

En su nuevo libro, Juan Granados asume con conocimiento y decisión la tarea de describir en el espacio geográfico y humano español la evolución histórica de la concepción del delito, así como la caracterización de las penas y los castigos, al tiempo que no descuida la tarea del análisis crítico y filosófico de dichos temas provenientes de la antropología o la sociología. El resultado de dicha convergencia (desgraciadamente, no muy frecuente en los estudios historiográficos patrios) ofrece la reunión feliz de descripción de hechos y de comprensión del problema; siendo especialmente enriquecedora la atención aquí concedida al iusnaturalismo y al liberalismo (en su sentido no anglosajón) como fuentes de sentido y significación.

Es tan común como ordinario enfocar la consideración del delito y el castigo asociada necesariamente al funcionamiento de la maquinaria de Estado. Sin embargo, la retrospectiva aquí llevada a cabo permite abrir otros horizontes explicativos. Porque, qué duda cabe, hay realidad y verdad más acá y más allá del Estado, cuyo ordenamiento político y jurídico está lejos, en rigor, de ser caracterizado como lo más natural del mundo...   

«Si el delito es una consecuencia del desasosiego causado en el orden natural, la sanción o pena tiende más hacia una suerte de desaprobación moral que hacia la pura venganza.» (pág. 18). De hecho, el delito en sí puede entenderse, en esencia, como «consecuencia de la ruptura del hombre con el orden natural.» (pág. 17), un orden que promueve el establecimiento en las sociedades de ritos que identifiquen y neutralicen la infracción y el desorden en aras a garantizar la convivencia y el entendimiento entre los individuos, cosechadores de paz y justicia. La desaprobación social o la expulsión de la comunidad de los que atentan contra la vida, la libertad y la propiedad privada de sus habitantes han sido, entre otros, modos de acometer el problema, tal y como se observa en las sociedades anteriores a la constitución de los Estados, las leyes y la codificación formal de penas y castigos. Es frecuente olvidar, acaso intencionalmente, que esta última circunstancia causó necesariamente la politización del derecho y la justicia, así como que «los primeros códigos penales se elaboraron en las cortes de los déspotas ilustrados, bajo la inspiración de los intelectuales que los asistían.» (pág. 173).

No todas las sociedades y tradiciones, empero, se han plegado a la sumisa fagocitación del derecho y la justicia en beneficio de la política, las instituciones y los funcionarios del Estado. Queda esto de manifiesto en el momento en que confrontamos, por ejemplo, las normativas consuetudinarias, de orientación liberal y particularmente perceptibles en los países anglosajones, en las que la costumbre, la experiencia o la jurisprudencia priman sobre la mera producción, a menudo insaciable y desmesurada, de leyes y códigos, reglamentaciones y regulaciones, ordenamientos y formulismos voraces, como sucede en España y demás países de vocación estatalista.

La esmerada y bien dispuesta secuencia de capítulos que informan sobre las distintas etapas de desarrollo de nuestro asunto a lo largo de la historia de España permite comprobar el fárrago incontenible y la sucesión apabullante de legislaciones y codificaciones que han ido sumándose —y solapándose entre sí— a la menor ocasión, por lo común tras cambios en las instituciones políticas y gubernamentales, lo cual pinta la fachada del derecho y la justicia según el color, la orientación y la tendencia dominantes en cada momento, para propio beneficio de los sucesivos beneficiados en la arena de la lucha política a la vez que correctivo (¿venganza?, ¿ajuste de cuentas?) de las opciones derrotadas.

«En modo alguno es contrario a la práctica de las leyes que estén tan sólidamente establecidas que ni el propio rey pueda derogarlas».
Baruch de Spinoza, Tractatus Theologico-Politicus, VII, 1

La historia muestra —y este ensayo ejerce de fiel notario de la realidad— que en España no es preciso ser rey ni príncipe para legislar ni para quitar y poner (quítate tú para ponerme yo…) gobiernos y gobernantes, sino, que se basta y sobra con disponer de un grupo organizado, con capacidad y habilidad en materia de demagogia y juegos de poder, para influir y, si cabe también, intimidar y fascinar, amedrentar y amaestrar, a la población. Es muestra de salud liberal, democrática y social, el ir entendiendo a lo largo de los siglos que las leyes deben constituir un marco para la acción política, no ser instrumentos de acción política, así como que la sociedad debe actuar como protagonista y valedor principal en lugar de serlo las facciones y los partidos políticos o grupos de poder, la clase política y los políticos, en fin. Y cuando, en este contexto, digo la «sociedad», podría decir igualmente la «nación».

Y he aquí un nuevo elemento, tan permanente como perturbador en la dificultosa y dolorosa modernización de España, el cual ha condicionado desde antiguo nuestro pasado, presente y futuro, a saber: la permanente e intocable estructura estamental y de privilegios propia del feudalismo y del Antiguo Régimen; adopte dicha propensión y afección la forma de fueros, prebendas y desequilibrios territoriales o de identidades regionales/nacionales, posteriormente denominadas «comunidades autónomas», «nacionalidades» y expresiones de este jaez. Todo ello con la amenaza siempre patente o latente de secesión y segregación de territorios que atenten contra la unidad nacional y, en consecuencia, contra los principios fundamentales en un sociedad bien ordenada, como son la división de poderes o la igualdad de los ciudadanos ante la ley, así como la misma efectividad del derecho y la justicia. Afecta esto, sin duda, al tema específico del tratamiento y concepción, la teoría y la práctica, del delito y el castigo aunque no sólo a los mismos.

Juan Granados, investigador y escritor riguroso y crítico, ofrezca en esta obra ejemplar una visión poco complaciente e indulgente del tema y el país analizados. Sea ello efecto del «siempre barroco y teatral penalismo español» (pág. 208); sea porque «parece que la sociedad contemporánea [española] no ha dado aún con respuestas verdaderamente satisfactorias en la relación castigo-delito-plan de reinserción» (pág. 231). He aquí, en fin, nuestro delito ni nuestro castigo…

 


Juan Granados

(La Coruña, 1961) es estudioso de los intendentes españoles del siglo XVIII, así como de la historia de las instituciones y profesor de historia del Derecho y, también, del Delito y la cultura europea en la UNED.

Desde 2003 ha centrado su producción literaria en la narrativa y la divulgación histórica, con la publicación de tres novelas y media docena de ensayos sobre temas tan diversos como España en el Antiguo Régimen y el siglo XIX; Napoleón; los Borbones o la taxonomía del liberalismo político. Es, además, inspector de educación y ha colaborado, entre diversos medios de comunicación, entre otros, ABC y El Correo Gallego.

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